lunes, 16 de febrero de 2009

Declaración universal de los derechos de los enfermos del SIDA y seropositivos (AIDES)

1. Respecto a la ley medicina, el SIDA es una enfermedad como las otras.
2. Las personas afectadas por el virus están protegidas por la ley común. No se les podrá aplicar ninguna ley de excepción.
3. A las personas afectadas por el virus se les tiene que prestar una asistencia médica sin ninguna restricción.
4. Las transfusiones de sangre y utilización del material de toma de sangre e inyección tendrán que presentar todas las garantías posibles de inocuidad. Al efecto, los responsables de cada país tienen derecho a recibir la cooperación internacional.
5. Nadie tiene derecho de limitar la libertad o derechos de las personas por el único motivo de estar afectadas por el virus, cualquiera sea su raza, nacionalidad, religión, sexo o preferencias sexuales.
6. Cualquier referencia a la enfermedad presente o futura hecha sin el consentimiento de la persona afectada por el virus se tiene que considerar perjudicial y sancionada en el marco del derecho común.
7. Cualquier acción dirigida a negar a las personas portadoras del virus un empleo, un piso, un seguro o a quitárselos, a limitar su participación en las actividades colectivas, escolares y militares se tiene que considerar discriminatoria y sancionada.
8. No se deben en ningún caso realizar exámenes para la detección del virus sin que lo sepa la persona.
9. Todos los exámenes de control o detección que sean necesarios se tienen que realizar conservando el anonimato y respetando el secreto médico. No se puede proponer ningún examen de detección, sin la garantía de una ayuda psicológica, médica y asocial.10. El secreto médico que vincula a los médicos entre si y a cada médico con su paciente tiene que ser absoluto, especialmente frente a los empleadores y Administración Pública. No puede sufrir ninguna excepción cualesquiera sean las exigencias de la tecnología médica moderna. Cualquier incumplimiento de esta obligación deontológica habrá de dar lugar a una demanda e indemnización.

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